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Tras el incremento a la tarifa para el cruce marítimo Playa del Carmen-Cozumel, por parte de la empresa Ultramar, la Dirección de Marina Mercante nos hace llegar las siguientes precisiones sobre la información emitida ayer por la Administración Portuaria Integral de Quintana Roo (Apiqroo), a través de un comunicado de prensa.
- El servicio de transporte marítimo de pasajeros es prestado por navieros mexicanos con permiso de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
(Artículo 42 fracción I, inciso a), de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos (LNCM). - Cualquier naviero mexicano con embarcación mexicana puede solicitar el permiso respectivo, sin mayor limitación que el cumplimiento de los requisitos establecidos en la LNCM y su Reglamento, y el mismo es otorgado sin derecho alguno de exclusividad, por lo que la SCT puede otorgar otros permisos a otros navieros en igualdad de circunstancias en cuanto al tipo de servicio y ruta.
- Las tarifas para el servicio de transporte de pasajeros, mientras existan condiciones de competencia efectiva, no requieren de regulación por la autoridad. Las tarifas para el servicio de transporte de pasajeros, mientras existan condiciones de competencia efectiva, no requieren de regulación por la autoridad.
- Actualmente en Quintana Roo, la COFECE no se ha pronunciado, ni ha determinado que no existan condiciones de competencia efectiva y, en consecuencia, la SCT no está en posibilidad establecer regulación tarifaria al respecto.
En próximos días la directora general de la Administración Portuaria Integral de Quintana. Ricalde sostendrá una reunión con el Coordinador General de Puertos y Marina Mercante, Héctor López Gutiérrez y con el Capitán Francisco Javier Fernández Perroni, Director General de Marina Mercante, para abordar este tema y otros más de interés para los Puertos de Quintana Roo.
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